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FOCIS observa la postulación de Fabián Vittar para la Corte de Justicia de Salta

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DANIEL SALMORAL.- Los firmantes, en representación del FOCIS (Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta) Asociación Simple, constituyendo domicilio legal en pasaje Arteaga 1157 de esta ciudad de Salta, al señor Ministro decimos:

Objeto de esta presentación

En la representación invocada, y de conformidad a lo establecido en el artículo 3º del Decreto 617, dentro del plazo que allí se establece venimos a formular observaciones e introducir circunstancias que resultarán  de interés respecto a la postulación del doctor Sergio Fabián VITTAR para un tercer período como Juez de la Corte de Justicia de la Provincia, anunciada por el Poder Ejecutivo.

Las mismas están fundadas en hechos y consideraciones acerca de la actuación del postulado en sus ya doce años como miembro del Tribunal. Creemos oportuno también añadir consideraciones acerca de la actuación de la misma Corte en ese período, de su prestigio como última instancia judicial y también de su actuación en las otras numerosas facultades que la Constitución y la ley le otorgan.

En ningún caso estas manifestaciones deben interpretarse como destinadas a afectar la valoración del propuesto por las calidades que pudieran adornar su persona.

Apuntes acerca de los antecedentes del postulado

En oportunidad de acceder a la Corte por primera vez hace doce años el señor VITTAR provenía de la Legislatura de la Provincia, había cumplido mandato como Diputado en representación del Partido Renovador de Salta. No tuvo antes actuación alguna como funcionario o miembro de algún tribunal de justicia.

Tampoco se le conoció entonces actividad relevante en el campo jurídico, como por ejemplo publicaciones, ejercicio docente o integrando alguna asociación o grupo de intelectuales dedicados al estudio del derecho o ciencias afines.

Ya integrando la Corte en estos años tampoco se sabe que algún voto del  Juez VITTAR en tanto miembro de un tribunal colegiado hubiera sido distinguido con su publicación en revistas o diarios especializados, como ocurre cuando la sentencia contiene novedades en el ámbito jurídico que se consideran como leading case, ni cosa parecida.

Según se ha publicado estos días, el Juez VITTAR ejerce responsabilidades en la implementación de elementos informáticos que permitirían -en cuanto fuera posible- la justicia virtual en sustitución del vetusto expediente  papel. Pero es poco lo hecho en esta dirección, al contrario de lo ocurrido en otras provincias y en la jurisdicción federal. Se ha hecho poco y con una lentitud y con una parsimonia que chocan con la lógica informática y con las exigencias del siglo XXI.

En este sentido se han escuchado muchas quejas y manifestaciones públicas de los justiciables por esta omisión y también del Colegio y la Caja de Abogados, con el agravante de que la cuestión sanitaria hizo más necesaria esta reforma.

Breve evaluación de la trayectoria de la CJS que integra el postulado

En estos años la actuación de la Corte de Justicia resultó contraria a lo que puede y debe esperarse de un tribunal con las facultades de las que está dotada, y fue por esto  muy criticada en el ámbito de la dirigencia provincial,  por el Colegio de Abogados y otras prestigiosas entidades como por ejemplo “Salta Transparente”. 

La más notoria fue cuando una hasta entonces ignota “Asociación de Jueces del Poder Judicial”, y por separado un ex Juez,  dedujeron acciones destinadas a declarar la inconstitucionalidad de la Constitución de la Provincia. Es decir pretendían una reforma constitucional por medio de una sentencia judicial, nada menos. (Expedientes 39452 y 39457 CJS, ambos del año 2018).

Se intentaba declarar que los acuerdos para jueces de Corte que  presta el Senado debían ser vitalicios, contrariando el texto constitucional que establece que los mismos tienen validez por seis años.

El estrépito producido en el foro y en la opinión pública locales por semejante pretensión y la oposición de entidades y profesionales del derecho (el FOCIS también lo hizo) consiguió el fracaso del descabellado intento. Pero resultó notorio el silencio, asentimiento podría decirse, de los miembros restantes de la Corte a las turbulentas maniobras de su entonces y hasta ahora Presidente para conseguir semejante violación constitucional y de los procedimientos legales.

Resultó notoria además durante estos años la morosidad de la Justicia para conseguir resultados en las numerosas denuncias penales ante conductas de funcionarios públicos, siempre en desmedro de los fiscos provincial y municipales. La Corte como Tribunal de Superintendencia tampoco impulsó, ni se conoce que  siquiera haya advertido estas falencias de los tribunales inferiores. 

Por último en estos hechos que son meros ejemplos de cómo y porqué la Corte ve decaer día a día su prestigio como máximo tribunal de la Provincia, citamos su negativa a informar detallada y lealmente acerca de los sueldos y demás complementos que sus integrantes perciben. Respondieron con una evasiva publicación al requerimiento donde sólo estaban  sus retribuciones básicas. Parecen desconocer que es el fisco provincial el que debe abonar esos  emolumentos y que se trata en consecuencia de una  obligación republicana básica, la publicidad de los actos de gobierno.

Estos ejemplos ameritan que el Poder Ejecutivo contemple la posibilidad de aprovechar el cumplimiento del plazo de la designación de un Juez de Corte para provocar renovación con otros profesionales de prestigio, que los hay en nuestra Provincia y por supuesto pose su mirada en acreditados magistrados de tribunales inferiores que merecen su ascenso al máximo Tribunal provincial. 

Y por supuesto quizás deba analizarse también disminuir la cantidad de la excesivamente poblada nómina de jueces de Corte. Esto último ya que  la Corte tiene como función jurisdiccional competencias restringidas a la cuestión constitucional. Y en la reforma de la Carta Magna  anunciada  debería tratarse separar a la Corte del Consejo de la Magistratura, de la Escuela de Magistrados, del Tribunal Electoral y otras funciones, tal como se ha sancionado por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Una nueva oportunidad perdida

El contexto político en el que se produce esta nueva postulación del doctor Sergio Fabián VITTAR autoriza a pensar que la decisión del señor gobernador de la Provincia se inscribe dentro de los pactos políticos que antecedieron a su propia candidatura a gobernador.

Son esos acuerdos -celebrados con anteriores gobernadores de Salta- los que han hecho perder al doctor Gustavo SAENZ una nueva oportunidad para encarar la imprescindible renovación intelectual, ideológica y profesional de la Corte de Justicia de Salta. Un cuerpo anclado en una mentalidad conservadora, a contramano de las corrientes científicas que día a día modernizan el Derecho, ajeno a todo pluralismo, y que en reiteradas oportunidades ha dejado en evidencia sus lazos con quienes detentan el poder político real en la provincia y su permeabilidad ante las presiones y los intereses de los poderes fácticos. 

Siendo, como es notorio, el doctor Sergio Fabián VITTAR partícipe necesario en estos diez años de morosidad, concentración del poder, ineficacia y puesta del alto tribunal al servicio de los que mandan, estamos convencidos, por encima de cuestiones personales, que no reúne las condiciones necesarias para una nueva postulación.     

Petitorio

Esperando que nuestras observaciones sean atendidas y que el Poder Ejecutivo retire la postulación del candidato doctor Sergio Fabián VITTAR, saludamos al señor ministro atentamente.

Firman: Bravo María Luisa 12.776.242; Caro Figueroa Armando 8.168.429; Caro Figueroa Ramiro 7.674.741; Dávalos Santos Jacinto 7.249.207; De San Román Fernando 6.182.909; García Vidal Luis 7.248.438; Santillán Sergio 8.170.987

Fuente: Parte de Prensa FOCIS