A través de una nueva resolución, el organismo controlará de cerca a los desarrolladores inmobiliarios.
DANIEL SALMORAL.- En un movimiento clave para frenar las irregularidades en el mercado inmobiliario de la provincia, el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP) emitió la Resolución N° 771/26.
La normativa busca poner punto final a la creciente ola de denuncias contra loteos que se comercializan sin contar con las obras de infraestructura mínimas y esenciales para vivir.
La medida surge tras los reiterados incumplimientos de diversas empresas desarrolladoras que prometen servicios de luz y agua que nunca llegan, dejando a cientos de salteños con sus ahorros invertidos en tierras que carecen de factibilidad técnica real.
El «vínculo de consumo»: una protección legal clave
Uno de los puntos más disruptivos de la resolución es que el organismo encuadró oficialmente la compra de terrenos como una relación de consumo. Esto significa que, a partir de ahora, el Ente podrá aplicar directamente la Ley de Defensa del Consumidor para intervenir en casos de publicidad engañosa.
Con este marco legal, el organismo podrá sancionar a aquellas empresas que omitan información crítica sobre el estado registral de las tierras o que mientan sobre la factibilidad de los servicios públicos, dándole al usuario una herramienta de defensa mucho más robusta frente a los contratos de adhesión.
Control por QR y cartelería obligatoria
Para transparentar las operaciones en el lugar mismo del loteo, la normativa exige dos requisitos de visibilidad inmediata:
- Código QR obligatorio: Todas las ofertas de venta deberán incluir un código QR que permita a los interesados chequear el estado real del proyecto desde su celular. Allí figurarán los avances de obras eléctricas y sanitarias, y los certificados de empresas como EDESA y COSAYSA.
- Cartelería en los accesos: Cada urbanización deberá exhibir carteles visibles que detallen si cuentan con las habilitaciones municipales, ambientales y de recursos hídricos correspondientes.
Además, la resolución obliga a los desarrolladores a detallar por escrito en cada contrato de compraventa la situación exacta de los servicios, evitando que las promesas queden solo en palabras de los vendedores.
Sanciones y control del crecimiento urbano
El ENRESP advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones habilitará la aplicación de multas y sanciones bajo la Ley Provincial N° 8457. El objetivo de fondo es que la expansión de la mancha urbana en Salta no sea anárquica, sino que esté regulada para garantizar el derecho al acceso real a los servicios básicos.
Desde el Directorio del Ente señalaron que no permitirán que se sigan comprometiendo los ahorros de las familias en emprendimientos que no cuentan con los permisos de concesión de agua o luz, protegiendo así la buena fe de los adquirentes frente a desarrollos «fantasma».
Fuente: Parte de Prensa ENRESP





