DANIEL SALMORAL.- El proyecto aprobado habilita a los convencionales constituyentes a modificar la cantidad de reelecciones de los legisladores provinciales; y la fecha de inicio de sesiones ordinarias en ambas cámaras.
Además modifica la cantidad de reelecciones de gobernador y vice; y adecua el informe a la Asamblea legislativa del mandatario provincial sobre el estado general de la provincia a la nueva fecha de inicio de sesiones ordinarias.
En materia judicial, se habilitará la reforma sobre inamovilidad de jueces de corte y jueces inferiores. También se habilitará el artículo 169, sobre integración de la Auditoría General de la Provincia, promoviendo su integración con 3 miembros de la oposición y 2 del oficialismo.
En materia de Régimen Municipal, el acuerdo establece habilitar la creación de nuevos municipios, pero no así de elección de delegados municipales; el 171, ni tampoco el párrafo que hablaba sobre la creación de la figura del vice intendente.
Finalmente, establece el mecanismo de elección de los convencionales constituyentes, faculta al Poder Ejecutivo a realizar la convocatoria a elecciones de los mismos y les fija un plazo de 60 días después de su proclamación para completar la reforma de la carta magna.
Fuente: Informate Salta





