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El Ente Regulador inhabilitó oficina de Edesa en Zuviría al 900

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La empresa tiene 60 días para mudar la atención a un local que cumpla con la ley.

DANIEL SALMORAL.- En una medida que busca ponerle un freno a las irregularidades en la atención al público, el Ente Regulador de los Servicios Públicos (Enresp) ordenó la inhabilitación de la oficina comercial de EDESA situada en Zuviría al 900, en la capital salteña.

La decisión surge tras una serie de inspecciones donde se constataron fallas graves en la prestación del servicio administrativo.

Según el organismo de control, el lugar no reúne las condiciones mínimas para asegurar una atención ágil y digna.

Los usuarios, que a menudo deben enfrentar largas esperas para realizar reclamos o pagar facturas, se veían sometidos a un espacio que no respetaba los estándares básicos de comodidad y eficiencia.

Incumplimiento de leyes de prioridad

Uno de los puntos más críticos que detectó el Ente fue el incumplimiento de la Ley de Prioridades.

Esta normativa exige que embarazadas, personas con discapacidad y adultos mayores tengan una atención preferencial y adecuada, algo que no se estaba garantizando en la sede de calle Zuviría.

«No se puede permitir que el usuario, que ya viene golpeado por las tarifas, tenga que soportar además un trato que no respeta sus derechos», señalaron desde el organismo.

Plazo de 60 días para la mudanza

La resolución del Ente no solo inhabilita el local actual, sino que obliga a la prestataria de energía eléctrica a buscar un nuevo espacio físico. Para esto, EDESA cuenta con un plazo máximo de 60 días corridos.

Durante este periodo de transición, la empresa deberá:

  • Garantizar que la atención no se interrumpa.
  • Asegurar que el nuevo local cumpla con todos los estándares de accesibilidad.
  • Informar correctamente a los usuarios sobre dónde deberán realizar sus trámites a partir de la mudanza.
  • Esta medida sienta un precedente importante para otras empresas de servicios públicos en la provincia, reforzando la idea de que la atención al cliente es una obligación contractual y no un beneficio opcional.

Fuente: Prensa ENRESP