En las últimas horas, el oficialismo siguió sumando apoyos. También se tratarán cambios en el Código Penal y Procesal Penal.
Dada que la sesión durará al menos 15 horas, se especula con la retirada trasnoche de algunos diputados, lo que desplazaría la votación de estas iniciativas para la próxima semana, cuando se programe la sesión de Ficha Limpia, otro de los proyectos de reforma electoral que logró dictaminar La Libertad Avanza, además de haber sancionado en el 2024 la Boleta Única de Papel.
De qué trata cada proyecto
A pesar de que hay consensos para aprobar la suspensión de las PASO, aún hay incertezas de los otros puntos que integran la «Ley de Fortalecimiento Electoral», que limita la gratuidad de la propaganda proselitista, incrementa exponencialmente el aporte que pueden realizar los privados (de un límite del 2% del total de fondos electorales, pasa al 35%) y dificulta las condiciones para convertirse en un partido nacional.
En cuanto a los proyectos de seguridad, se busca reformar el Código Penal en su artículo 50 para agravar en un tercio la condena para los reincidentes («toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de la libertad»). También se sustituye el artículo 55 para unificar condenas, indicando que «la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos».
En cuanto a la reiterancia delictiva (conducta transgresora de la ley en la que no se produjo condena), comenzaría a considerarse como argumento para determinar la prisión preventiva durante una investigación (modifica artículo 218 del Código Procesal Penal). En ese marco, se establecen figuras que amplían las condiciones para la prisión preventiva: presunción de peligro de fuga, de obstaculización de la investigación y de reiterancia delictiva.
Finalmente, el juicio en ausencia modifica la legislación procesal penal para permitir la continuidad y la culminación del proceso penal aunque se dé la ausencia del imputado en algunos delitos. En ese marco, la autorización se concretaría cuando un juez declara rebeldía del imputado por no comparecer ante el Tribunal, por ausentarse en su domicilio sin justificación o por haberse fugado de su lugar de detención, en caso de determinados delitos considerados graves.
Fuente: Ámbito.com





