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Las razones del Presidente para prohibir las reuniones en todo el país

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DANIEL SALMORAL.- A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que fue publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno extendió la cuarentena hasta el 16 de agosto a raíz del avance del coronavirus. Y, como adelantó la secretaria de Acceso a la Salud,Carla Vizzotti, la particularidad del documento se centra en que a partir de este lunes estarán prohibidas las reuniones sociales en todo el territorio nacional.

Según el decreto 641/2020, al que tuvo acceso LA NACION, una parte importante de la transmisión de la enfermedad se produce «debido a la realización de actividades sociales en las cuales no se respeta el distanciamiento social y es mayor el riesgo en las aglomeraciones de personas, principalmente en lugares cerrados».

Como parte de las restricciones dispuestas para ese distanciamiento, el Gobierno ratificó que quedan prohibidos los «eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas», además de los «eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente».

La infracción a esa última norma «deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal», añade el Gobierno en el DNU.

Además, el DNU vuelve a ratificar la limitación del servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional sólo para los casos de actividades esenciales, y se sostiene la restricción para el turismo.

Para las zonas alcanzadas por el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), en tanto, queda prohibido también el «dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades», como también «eventos públicos y privados, sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas».

Con respecto a los centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes, el decreto recuerda que tampoco estarán habilitados en esta novena extensión de la cuarentena, que rige desde el 20 de marzo pasado.

En el DNU se explica que el ASPO alcanza al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Jujuy y algunos departamentos de La Pampa, Santa Cruz y Tierra del Fuego; mientras que el distanciamiento social, que implica mayores flexibilizaciones, rige en el resto del país y en los distritos del interior de la provincia de Buenos Aires.

El distanciamiento fue dispuesto en los «aglomerados urbanos, departamentos o partidos» de provincias que cumplan las condiciones de no estar definidos por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen ‘transmisión comunitaria’ sostenida del virus, además de que «el tiempo de duplicación de casos confirmados no debe ser inferior a 15 días».

Las restricciones del ASPO alcanzan asimismo al servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, con excepción de los trabajadores esenciales, y las actividades turísticas.

Fuente: La Nación